jueves, julio 24, 2008

Modificado el Estatuto de los Ex Presidentes del Gobierno

Hoy se ha modificado el Estatuto de los Ex Presidentes del Gobierno a través de un Real Decreto, que extiende algunos de los beneficios que se otorgan a los que han dirigido el ejecutivo para incluir a los cónyuges o persona unida con análoga relación de afectividad sin necesidad de la existencia de matrimonio previo.

El Real Decreto 1306/2008, con fecha 24 de abril modifica la legislación anterior, R.D. 405/1992, de 24 de abril por el que se regula el Estatuto de los Ex Presidentes del Gobierno. Esta norma estableció el régimen estatutario aplicable a los Ex Presidentes del Gobierno. Según dice el BOE, "la experiencia adquirida desde su promulgación, el tiempo transcurrido y la necesidad de adecuar la normativa a las circunstancias y nuevas situaciones que se van produciendo aconsejan su revisión".

Por lo tanto, se modifica el artículo 4 de la normativa de 1992, añadiendo un apartado en dicho artículo que indica lo siguiente: "Los apartados números 3 y 4 del artículo 3 del presente real decreto serán de aplicación al cónyuge o persona unida con análoga relación de afectividad, en caso de fallecimiento de los Ex Presidentes del Gobierno".

Los Ex Presidentes recibirán lo correspondiente conforme al estatuto, y una vez que fallezcan, serán sus cónyuges o la persona unida con análoga relación de afectividad (no es necesario que exista matrimonio para beneficiarse de esta medida) quienes dispondrán de algunos de los beneficios indicados en el estatuto.

De este modo la normativa del Real Decreto 405/1992, de 24 de abril, por el que se regula el Estatuto de los Ex Presidentes del Gobierno, quedría así:

"3. Se pondrá a su disposición un automóvil de representación con conductores de la Administración del Estado.
4. Gozarán de los servicios de seguridad que las autoridades del Ministerio del Interior estimen necesario."

Por lo tanto, lo modificación viene a otorgar a las viudas (o viudos, aunque en España todavía no exista el caso) de quienes ostentaron la presidencia del Gobierno un vehículo oficial y la cobertura de seguridad que se requiera.


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